작성자 : 라키스 작성일 : 2026-07-10 13:59:12 조회수 : 4
국가 : 멕시코 언어 : 스페인어 자료 : 문화
출처 : El país
발행일 : 2027.7.10.
원문링크 : https://elpais.com/mexico/2026-07-09/la-suprema-corte-abre-una-puerta-a-la-salida-definitiva-de-mexico-de-obras-de-frida-kahlo.html
원문요약 : 1. 멕시코 대법원이 프리다칼로의 작품을 영구적으로 해외반출을 막는 법령을 재검토하기로 결정하였다.
2. 해당 법령(연방 기념물법)은 멕시코 예술가들의 작품을 보호대상으로 삼고있으며, 프리다칼로의 경우 그 중 가장 엄격한 반출제한 조치를 받고있다.
3. 그러나 이는 작품 소유주의 재산권와 국가의 권한 중 무엇이 우선되고 어디까지 행사되는가와 같은 사항이 제대로 정해지지않아 문제가 되고있다.

El pleno del tribunal revisa si el decreto de 1984, que impone las restricciones, menoscaba los derechos de los propietarios. Una tensión encarnada por la polémica sobre la Colección Gelman y su salida a España tras la cesión al Banco Santander

Obras de la Colección Gelman en el Museo de Arte Moderno de Ciudad de México, en abril.JOSÉ MÉNDEZ (EFE)

El férreo blindaje a la exportación de las obras de Frida Kahlo está en cuestión. El pleno de la Suprema Corte ha decidido por mayoría entrar a analizar el decreto que impide que la obra de la artista emblema de México pueda salir de manera permanente del país, mermando así la voluntad de los propietarios de las obras, que han de ceñirse a las limitaciones de la ley. El fondo de la discusión jurídica, considerada por el pleno del alto tribunal como un asunto de “relevancia nacional”, es el delicado equilibrio entre el derecho a la cultura y el derecho de propiedad. Es decir, hasta dónde pueden llegar los límites del Estado mexicano frente a los propietarios privados de las obras. Una tensión encarnada por la reciente polémica en torno a la colección Gelman, que cuenta con 11 Fridas, y su cesión al Banco Santander.

El detonante para que la Corte entrara a fondo ha sido la revisión de un amparo presentado hace tres años por el banco Ve por Más, propietario de Autorretrato con medallón, un óleo de Kahlo de 1948, cuya exportación definitiva está bloqueada por las restricciones de un decreto presidencial de 1984 que protege específicamente la obra de la autora más cotizada de Latinoamérica. La apertura del caso ha sido promovida por el magistrado Giovanni Azael Figueroa, que ha apuntado que el asunto busca determinar si dicho decreto “va más allá de la facultad reglamentaria del Poder Ejecutivo federal”.

México cuenta con una legislación de patrimonio que protege incluso las obras de artistas modernos. La Ley Federal sobre Monumentos (y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos) abarca a otros autores como Diego Rivera, Clemente Orozco o Remedios Varo. Esta ley general, de 1972, tiene como complemento decretos individuales para cada artista que marcan los detalles concretos de la protección jurídica, como las competencias del órgano regulador, el Instituto Nacional de Bellas Artes (INBAL), o los plazos de supervisión para las obras.

En el caso de Frida, el decreto presidencial de 1984 emitido por el Gobierno de Miguel de la Madrid es el más estricto de todos. Hasta el punto de ser el único que prohíbe la exportación definitiva. Durante su ponencia, el magistrado Arístides Guerrero precisó que la restricción prevista en el decreto no está contemplada “en el artículo 16 de la Ley Federal sobre Monumentos, el cual sí permite la exportación tratándose de bienes de propiedad particular”.

Esa tensión entre propietarios y leyes de patrimonio se ha hecho palpable estos últimos meses con el embrollo de la colección Gelman, que obligó incluso a la presidenta, Claudia Sheinbaum, a salir al paso. La polémica arrancó casi desde el mismo anuncio de la cesión al Banco Santander de una parte del acervo —160 de unas 300 obras— y su exhibición como plato principal del nuevo centro cultural, Faro Santander, que el banco inaugurará en junio de este año en la capital de Cantabria. El propietario es una poderosa familia de empresarios mexicanos, los Zambrano, que la compraron a su vez al albacea estadounidense que operaba la colección tras la muerte de sus misteriosos propietarios, una pareja de empresarios europeos del mundo del cine que construyeron uno de los acervos más potentes del arte moderno mexicano.

Una parte del mercado del arte mexicano demanda desde el principio más claridad sobre los plazos del acuerdo y, sobre todo, el papel INBAL, que debe autorizar y supervisar cualquier salida del corazón de la colección fuera de México. Varios artistas de la colección cuentan con declaratorias de Monumento Artístico Nacional, y este es el punto más sensible y el que levanta mayor polvareda. La normativa limita la salida de las obras amparadas bajo ese paraguas y, en el caso de Frida Kahlo, que cuenta con la declaratoria más severa, prohíbe su exportación definitiva y conmina a las autoridades a hacer todo lo posible para hacer efectiva su repatriación.

No ayudaron las declaraciones aquel día de Daniel Vega Pérez, director del nuevo Faro Santander, apuntando que “es una legislación flexible”. Ni tampoco las cifras contradictorias que dieron las autoridades mexicanas mientras crecían las críticas. Primero dijeron cinco años, que en realidad es el plazo del acuerdo de gestión a favor del Santander, no de los acuerdos de exportación de las obras. Luego, dos años, el plazo habitual en estos casos, que tuvo que ser confirmado por la propia Sheinbaum, quien aseguró que regresarían a México en 2028.

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